
La inclusión de la responsabilidad penal de las empresas en el Código Penal en el año 2010 Y La Ley Orgánica 1/2015 de 31 de marzo por la que se modifica el Código Penal, establece como novedad y delimita dentro de nuestro ordenamiento jurídico la responsabilidad penal de las personas jurídicas, sumándose a la orientación internacional del resto de los países de nuestro entorno jurídico, tanto en el Derecho comparado como el Derecho comunitario y de la Unión Europea.
Surge así la figura del Compliance Officer, responsable del cumplimiento del marco regulatorio y normativo en el ámbito penal que afecta a las empresas y que podrá ejercerse tanto por persona físicas individuales, como por órganos colegiados o, incluso, por empresas externas.